Imagen de archivo de una concentración de la asociación Derecho a Morir Dignamente.

Andalucía incluye la petición de eutanasia en el registro del testamento vital

Sevilla, (EFE).- El Consejo de Gobierno de Andalucía ha aprobado este miércoles la modificación de dos decretos que afectan a la prestación de la ayuda para morir, de modo que la opción para optar a la considerada eutanasia se podrá recoger en el testamento vital, y ha mejorado el registro de objeción de conciencia para los médicos.

La voluntad vital anticipada es un documento escrito que contiene las preferencias sobre los cuidados y tratamientos sanitarios que una persona desea recibir para que se cumplan en el momento en que no tenga capacidad para expresarlo personalmente.

El Consejo de Gobierno, ha informado este miércoles en rueda de prensa la portavoz del Ejecutivo andaluz, Carolina España, ha aprobado concretamente un decreto por el que se modifican otros dos que afectan a la prestación de la ayuda para morir.

Por una parte, se ha modificado un decreto de marzo de 2012 por el que se regulaba la organización y funcionamiento del denominado Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía, de manera que incluya la posibilidad de dejar constancia de la voluntad de acogerse a la prestación de ayuda para morir en un documento de voluntades anticipadas.

Todo ello, ha informado la Junta, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

De esta forma, se pasa a incluir un nuevo Anexo V, como declaración de la prestación de ayuda para morir incluido en la voluntad vital anticipada.

Registro de objetores de conciencia

Por otra parte, se modifica un decreto de octubre de 2021 por el que se crea y regula el registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a la prestación de ayuda para morir en Andalucía y la Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda para morir de Andalucía.

El texto introduce mejoras que garantizan «una mayor claridad y seguridad jurídica en su regulación, aplicación y eficacia».

La norma seguirá permitiendo la plena aplicabilidad y eficacia del derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir, al dotar de mayor seguridad jurídica al alcance de la objeción de conciencia, cuyo ámbito de aplicación se extiende a la totalidad del «proceso eutanásico».

El objetivo es preservar el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de objeción de conciencia del personal sanitario y procurar la mejor calidad y asistencia vital del paciente que solicita dicha práctica.

Asimismo, se establece una regulación «más precisa y actualizada» de la presentación de la declaración de objeción de conciencia por parte de los profesionales sanitarios directamente implicados en la prestación de ayuda para morir y se introducen mejoras formales y sistemáticas en la regulación de los procedimientos de inscripción, revocación y modificación y cancelación de la inscripción en el registro.

Balance de aplicación de la Ley de Eutanasia

De acuerdo a los datos que se han expuesto este miércoles también en Consejo de Gobierno, un total de 72 personas solicitaron la ayuda para morir en 2024 en Andalucía, según la memoria anual sobre la aplicación de la Ley de Regulación de la Eutanasia, que precisa que 28 recibieron la prestación.

El informe, elaborado por la Comisión de Garantía y Evaluación para la prestación de ayuda para morir de Andalucía, dependiente de la Consejería de Salud y Consumo, detalla que 50 de las 72 solicitudes dieron lugar a la apertura de expediente por la Comisión.

De las 22 restantes, 13 no dieron lugar por fallecimiento antes del inicio de la tramitación del expediente, cuatro por desistimientos previos al inicio del proceso ante la comisión, cuatro solicitudes han tenido informe desfavorable por parte del médico responsable, que no han sido objeto de reclamación; y una solicitud, presentada en 2024, no tenía toda la documentación para su tramitación.

En cuanto a las prestaciones, una se realizó en Almería, otra en Cádiz, cuatro en Granada, dos en Huelva, 15 en Málaga y cinco en Sevilla.

Los tres grandes grupos de enfermedades o padecimientos crónicos que conducen a solicitar la ayuda médica a morir son en primer lugar los procesos neurodegenerativos, con 21 expedientes, seguido por procesos oncológicos con 16 expedientes y los procesos pluripatológicos/crónicos complejos con 10 expedientes.

El número de prestaciones en las que se realizaron donaciones de órganos fueron cinco, lo que ha dado lugar a la donación de un total de 18 órganos. EFE