València (EFE).- El curso escolar 2025/2026 comenzará el 8 de septiembre en la Comunitat Valenciana en las etapas de Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional, FP Grado Básico (FPB) y las titulaciones de Grado Medio y Superior, y finalizará el 19 de junio del año próximo.
La Conselleria de Educación ha dado a conocer este martes el calendario escolar en la Mesa Sectorial celebrada en la Conselleria de Educación, en la que se ha negociado con los sindicatos este calendario, según fuentes de la Generalitat.
Desde la Conselleria se han realizado grupos de trabajo con los sindicatos para promover el diálogo y abordar las fechas del calendario escolar para el próximo curso.
Por su parte, los programas formativos de cualificación básica y FP de segunda oportunidad comenzarán el curso el 10 de septiembre y finalizarán el 19 de junio.
En cuanto a la Formación de Personas Adultas, las clases comenzarán el 15 de septiembre de 2025 y finalizarán el 12 de junio de 2026. Por su parte, en Enseñanzas Artísticas de Música y Danza, elementales y profesionales, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño comenzarán el 15 de septiembre de 2025 y finalizarán el 12 de junio de 2026.
Los alumnos de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial comenzarán el curso el 22 de septiembre y finalizarán el 19 de junio. Las Escuelas Oficiales de Idiomas comenzará el curso el 25 de septiembre de 2025 y finalizará el 19 de junio de 2026.
De este modo, el próximo curso los centros educativos de Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato de la Comunitat Valenciana tendrán 181 días lectivos frente a los 179 del curso actual.

Periodos de vacaciones
Los periodos no lectivos durante el curso 2025/2026 comprenden las vacaciones de Navidad, que serán desde el 23 de diciembre de 2025 al 6 de enero de 2026, ambos inclusive; y las vacaciones de Pascua, que engloban desde el 2 al 13 de abril de 2026, ambos inclusive.
Además, no serán lectivos los días festivos 9 de octubre, Día de la Comunitat Valenciana; 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción; 19 de marzo, Día de San José; y 1 de mayo, Día Internacional de los Trabajadores.
Del mismo modo, los ayuntamientos podrán proponer como no lectivos hasta un máximo de tres días, de acuerdo con el procedimiento dispuesto en el artículo quinto de la Orden de 11 de junio de 1998, de la Conselleria de Educación, que establece los criterios generales por los que se ha de regir el calendario escolar para todos los centros docentes de la Comunitat Valenciana.
La dirección general de Centros Docentes podrá autorizar, para un centro o una localidad, un calendario escolar diferente del establecido cuando concurran circunstancias excepcionales, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo noveno de la Orden.