Madrid, 22 oct (EFE).- El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado este martes por una holgada mayoría la recusación del PP contra la magistrada progresista Laura Díez por la ley de amnistía, así como las formuladas contra su presidente Cándido Conde-Pumpido por las comunidades autónomas y gobiernos regionales del PP.
Fuentes jurídicas han informado de que la Corte de Garantías ha desestimado el incidente de recusación por ocho votos a uno, el de la magistrada conservadora Concepción Espejel, quien ha votado en contra por estar en desacuerdo con la composición del tribunal, pero sí respalda que no concurre causa de recusación.
De hecho, se ha repetido el guion que se desarrolló en el pleno anterior cuando el tribunal rechazó la recusación del PP contra su presidente Cándido Conde-Pumpido. Espejel votó en contra por los mismos motivos y el magistrado conservador Enrique Arnaldo presentó un voto concurrente criticando la composición del pleno.
Fue alto cargo de Moncloa
El PP pedía su recusación por su vinculación política en el PSC y en el PSOE, un artículo de prensa y la dependencia del presidente del Gobierno y del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes cuando fue alto cargo de Moncloa, así como por una posible intervención en los indultos parciales concedidos a los condenados por el ‘procés’.

Pero el Pleno considera que «ninguno de los argumentos examinados alcanza a constituir siquiera un principio de prueba de la falta de apariencia de imparcialidad que se alega, sin que sea isible esgrimir diversas causas de recusación sin argumentar mínimamente las razones por las que se estiman concurrentes».
Dicen los magistrados que «se trata de un discurso que se asienta en circunstancias hipotéticas, sobre actuaciones desconectadas del objeto del recurso» y «que no puede acreditar ninguno de los motivos de pérdida de la imparcialidad» ya que «la magistrada Laura Díez no intervino en el asunto al que se refiere el proceso, ni pudo haberse formado criterio previo sobre el mismo, ni ponen de manifiesto que tenga interés directo o indirecto en la causa».
El Pleno también subraya que, conforme a la doctrina del Constitucional, una eventual afinidad ideológica no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad para juzgar los asuntos que este tribunal debe decidir y no constituye por sí sola causa de recusación.
Conde-Pumpido también fue recusado
En el debate no han participado ni ella por ser objeto de la recusación ni el magistrado conservador José María Macías por estar afectado por otra, pero sí Conde-Pumpido, una vez que la suya fue rechazada en el Pleno anterior.
Al respecto y en aplicación de la doctrina del anterior Pleno, el tribunal ha desestimado las recusaciones contra Conde-Pumpido a instancias de la Xunta de Galicia, la Comunidad de Madrid, la Junta de Castilla y León, la Junta de Extremadura, la Generalitat Valenciana y los gobiernos de Cantabria, Baleares y Andalucía.
Despejado el panorama con Conde-Pumpido y también con Díez, toda la atención se centrará en próximas fechas en Macías, cuya recusación es la que más debate genera porque cuando fue vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) respaldó dos informes contrarios a la norma.
A la espera de lo que suceda con este último, el actual equilibrio de fuerzas está 6 a 5 a favor de los progresistas tras la abstención del magistrado y exministro de Justicia Juan Carlos Campo.