Logroño (EFE).- El programa Hipoteca del Gobierno de La Rioja 2024-2028 “casi” elimina el límite de edad, ya que “el único requisito a este respecto es no superar los 75 años al final del vencimiento pactado, que podrá ser de hasta 30 años”, y establece comisiones 0 en relación con el préstamo.
Así lo ha afirmado este lunes el consejero de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, Daniel Osés, en una rueda informativa posterior a la firma del convenio de esta iniciativa con representantes de Abanca Corporación Bancaria, 00Caja Rural de Aragón y Caja Rural de Soria.
Osés ha destacado que la Hipoteca del Gobierno de La Rioja establece “un abanico de elección del tipo de hipoteca entre fija, variable y mixta a 5 o 10 años”, de tal forma que, por ejemplo, para el supuesto de una hipoteca mixta se establece un 1,59 por ciento y un tipo fijo que no pasa del 2,30 %.

Ha precisado que, en cuanto a los requisitos económicos que se establecen y deben cumplir los beneficiarios, se establece una renta mínima de una vez el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), lo que supone unos 600 euros al mes, y que se hayan acreditado unos ingresos de trabajo familiares suficientes para afrontar el préstamo.
“Esto se determina si la cuota inicial resultante con el tipo de interés aplicable a la fecha de solicitud es inferior al 35 % de la renta bruta”, ha precisado este consejero, quien ha destacado “el papel vital que desempeña el Instituto de la Vivienda de La Rioja (IRVI) a través de un servicio de asesoramiento y acompañamiento ágil y totalmente gratuito para los s”.
6.140 hipotecas desde 2003
Ha recordado que este programa se puso en marcha en 2003 y, desde entonces, se han firmado un total de 6.140 hipotecas, para las que se han financiado un total de 727 millones de euros a un total de 9.116 beneficiarios en 120 municipios de toda La Rioja.
“Se trata de un mecanismo que va dirigido a financiar hasta el 80 % del valor de tasación para la adquisición, la rehabilitación y la autopromoción de primeras y segundas viviendas en propiedad, ya sean libres o protegidas, y que cumplan las condiciones mínimas de accesibilidad y habitabilidad”, ha especificado.